Responsabilidad por negligencias médicas

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IV — Áreas de práctica

Negligencias médicas
responsabilidad sanitaria.

Un error médico no es un mal resultado: es una actuación por debajo de lo que exige la buena práctica. Demostrarlo requiere abogado, perito y una estrategia clara desde el principio. El despacho lleva reclamaciones frente a la sanidad pública y la privada.

DóndeZamora · Salamanca · toda España
AbogadoJavier Rodrigo García
Col. 472 ICA Zamora · Col. 2361 ICA Salamanca
ConsultasWhatsApp · 650 43 90 62

Qué hacemos

Negligencias médicas en Zamora y Salamanca

  • Error o retraso de diagnóstico
  • Tratamientos y cirugías inadecuados
  • Falta de consentimiento informado
  • Infecciones hospitalarias y retrasos asistenciales
  • Responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria (SACYL y otros servicios de salud)
  • Reclamaciones frente a hospitales y clínicas privadas y sus aseguradoras
  • Valoración del daño con informe pericial médico

Cómo trabajamos

Rigor antes que prisa.

Lo primero es reunir la historia clínica completa, a la que el paciente tiene derecho. Con ella, un perito médico valora si hubo infracción de la lex artis y qué daño causó. Sin ese informe no hay reclamación seria.

Según sea sanidad pública o privada, la vía es distinta: reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Administración o reclamación civil frente al centro y su aseguradora. El despacho elige la vía y los plazos adecuados para cada caso.

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan sobre negligencias médicas

Información general. Cada caso requiere un estudio propio.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una negligencia médica?

Frente a la sanidad pública, el plazo general es de un año desde que se produjo el daño o desde que se estabilizaron las secuelas. Frente a la sanidad privada los plazos dependen de la vía elegida. En todos los casos conviene consultar en cuanto se sospecha el error.

¿Cómo se demuestra una negligencia médica?

Con la historia clínica y con un informe pericial de un médico especialista que acredite que la actuación se apartó de la práctica correcta y que ese apartamiento causó el daño. El abogado coordina esa prueba y la presenta ante la Administración o el juzgado.

¿Qué se puede reclamar?

Los daños físicos y psíquicos, las secuelas, los días de baja, los gastos ocasionados y, en su caso, el daño moral y el perjuicio para la familia. La cuantía se calcula tomando como referencia el baremo de tráfico, que los tribunales aplican por analogía.

Contacto

Cuéntenos su caso.

Cuéntenos qué ha pasado y le decimos, con claridad, qué se puede hacer. Desde Zamora o desde Salamanca.

ZamoraCalle Leopoldo Alas Clarín, 2 · 1º G · 49018
SalamancaCalle La Fuente, 6 · 1º Izquierda · 37002
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